En esta clase, la profesora Asunción Lledó nos ha explicado más a fondo las funciones del director, del jefe de estudios y del secretario.
Posteriormente nos hemos distribuido en los grupos creados en la práctica anterior y hemos rellenado una ficha de unas 30 labores, donde teníamos que atribuir cada una a cada uno de los órganos directivos ('D' Director, 'J' Jefe de estudios, 'S' Secretario).
Una vez acabado todos los grupos, la profesora ha ido preguntando en general y cada grupo iba opinando. Se ha convertido en una clase bastante entretenida, aunque en muchas ocasiones emulaba a un programa de 'Sálvame' buscando la aprobación de la profesora.
Hemos aprendido en parte las labores de cada uno. Personalmente me ha sorprendido el gran poder que tiene el Director actualmente con la Lomce o el trabajo que tiene el Jefe de estudios.
Temas 1-10 de la asignatura y sus correspondientes prácticas.
domingo, 27 de septiembre de 2015
jueves, 24 de septiembre de 2015
Tema 2. La estructura organizativa de los centros de Educación Infantil y Primaria: Órganos de Gobierno y Coordinación
En esta clase hemos dado el tema 2 (la estructura organizativa de los centros de Educación Infantil y Primaria: Órganos de Gobierno y Coordinación) donde hemos podido conocer más a fondo el papel y la labor de cada órgano en los centros educativos.
También hemos observado las distintas diferencias en la normativa que ahora comentaré más adelante, Ha sido una clase bastante interesante.
Para explicar la organización en un centro educativo, voy a utilizar el organigrama realizado por el Colegio 'Gloria Fuertes'
Este organigrama representa de manera gráfica la estructura de los órganos de responsabilidad de de una organización. Nos informa del número, nombre, composición y funciones de sus elementos (en este caso por ejemplo). Permiten representar la estructura jerárquica y funcional de toda la organización.
Formas de representarlos:
Estructurales: Representan las unidades y su relación. EJEMPLO
Funcionales: Represnetan las unidades, relaciones y funciones. EJEMPLO
De personal: Representan el nombre de la unidad, tipo de responsabilidad y nombre del personal adscrito.EJEMPLO
En un principio podemos destacar tres grandes grupos:
- Órganos de Gobierno (unipersonales)
Dentro de esta categoría podemos encontrar al Director, a la Jefatura de estudios y al Secretario.
DIRECTOR
Es la persona que dirige el centro educativo.
La figura de este nuevo director va necesariamente ligada al nuevo sistema educativo selectivo y a la institución escolar no participativa. El director ocupa un nuevo poder y control, delegado por una administración más fuerte y menos descentralizada. El borrador del Real Decreto de formación de directores plantea un modelo en el que se equipara la escuela con la empresa, basado en la jerarquía y en la dirección unipersonal, centralizada, jerárquica, autoritaria y cumplidora de las decisiones e instrucciones de la administración educativa. Es una dirección no democrática.
El objetivo final de la acción educativa debe basarse en los principios de productividad y competitividad, como dice en el artículo 122 bis, 3. M. Weber escribe al referirse a este modelo de director burocrático: “Los candidatos son seleccionados sobre la base de cualificaciones técnicas. En el caso más racional, éstas son medidas mediante exámenes o garantizadas mediante diplomas que certifican la formación técnica, o ambos. Son nombrados, no elegidos”.

FUNCIONES DEL DIRECTOR:
- LOE (Artículo 132. Competencias del director)
- - Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
- - Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.
- - Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
- - Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
- - Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
- - Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
- - Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
- - Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
- - Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
- - Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
- - Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro
Se añaden con la LOMCE:
- Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente ley orgánica.
- Aprobar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
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Aprobación LOMCE |
- Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
- Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
- Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.” Funciones que en la ley anterior eran competencia del Consejo Escolar, capacitado actualmente únicamente para evaluar y conocer dichos proyectos, normas o programaciones.
Personalmente me quedo con el papel que tenía en la LOE; tanto poder en situaciones críticas lo veo algo exagerado. Creo que hay muchas decisiones que deben tomar varias entes (ayuda del jefe de estudios por ejemplo). Ya que estás decisiones pueden ser de mucho peso para una sola persona.
JEFE DE ESTUDIOS
- La Jefatura de Estudios coordina y vela por la ejecución de las actividades de carácter académico de profesores y alumnos en relación con el Plan Anual de Centro. El Jefe de Estudios coordina, asimismo, todas las actividades de orientación y complementarias de alumnos y profesores.
- Además son obligaciones del Jefe de Estudios:
- a) Estructurar y coordinar, agrupamientos y programaciones en las actividades vinculadas a los grupos flexibles y grupos de apoyo e integración así como la organización de los horarios.
- b) Informar a los Órganos Colegiados y a la dirección sobre el análisis de resultados escolares habidos en cada evaluación y, con ello, sobre el grado de éxito/fracaso alcanzado por el alumnado.
- c) Coordinar propuestas de evaluación general del Centro, tanto en su vertiente curricular como organizativa.
- d) Coordinar los servicios de apoyo externo (EATAI, EOE, CEP).Fomentar, orientar y coordinar las actividades tutoriales de los profesores velando por el cumplimiento del Proyecto de Centro y el Plan de Centro
- e) Dinamizar, orientar y coordinar la elaboración del PCC así como sus posibles adecuaciones al contexto sociocultural del alumnado.
- f) Informar al Director/a, al Órgano competente o a la Administración de las faltas de los profesores y de sus causas. Además expondrá en el tablón de anuncios de la sala de profesores las faltas mensuales de éstos.
- g) Anotar los retrasos y posibles incidencias horarias. No obstante, habrá que tener en cuenta todo lo regulado en las Instrucciones de principios de curso existentes al respecto. De la misma forma actuará con respecto a las faltas reiterativas de los alumnos, que le serán transmitidas por los tutores y se les informará a los padres.
- h) Organizar los actos académicos.
- i) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director/a dentro de su ámbito de competencia.

SECRETARIO
- FUNCIONES DEL SECRETARIO/A EN EL IES Según el Reglamento de IES 2010; www.redeseducacion.net; IES Europa; LOE y LOMCE.
- a) Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices del Director.
- b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
- c)Custodiar los libros oficiales y archivos del Instituto.
- d) Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
- e) Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.
- f) Adquirir el material y el equipamiento del Instituto, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director.
- g) Ejercer, por Delegación del Director y bajo su autoridad, la Jefatura del personal de administración y servicios adscrito al Instituto y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
- h) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.
- i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Instituto.
- j) Ordenar el régimen económicodel Instituto, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante autoridades correspondientes.
- k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.
- Órganos de Participación (colegiados)
Podemos encontrar el Consejo Escolar y el Claustro docente.
CONSEJO ESCOLAR
El Consejo Escolar del Estado es el órgano de participación de los sectores más directamente relacionados con el mundo educativo. Se crea con la Ley Orgánica reguladora del derecho a la educación en 1985. Su ámbito se extiende a todo el Estado. El Consejo desarrolla también una labor consultiva, de asesoramiento y propuesta al Gobierno en relación con los distintos aspectos del sistema educativo.
Sus integrantes dictaminan los proyectos de normas en materia educativa, que tengan que ser aprobados por el Parlamento, el Gobierno o por el titular del Ministerio de Educación. Asimismo, aprueba para cada curso escolar elInforme sobre el estado del sistema educativo, donde se incluyen las propuestas de mejora de la educación que alcancen el respaldo de sus miembros. Por otra parte, el Consejo Escolar del Estado integra la participación territorial de los diferentes Consejos Escolares Autonómicos a través de la Junta de Participación, compuesta por los respectivos presidentes y presidida por el presidente del Consejo Escolar del Estado.
COMPOSICIÓN
La LOMCE no ha modificado la composición. Sólo ha especificado que los docentes deben ser
elegidos por el claustro y representar al mismo. El Consejo Escolar de los centros públicos estará
compuesto por los siguientes miembros:
a) El equipo directivo, formado por:
- El director del centro, que será Presidente del Consejo Escolar
- El jefe de estudios.
- El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
- Cuantos determinen las Administraciones educativas.
b) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro. Un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo. (AÑADIDO EN LOMCE)
d) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
e) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
Con la nueva normativa, los consejos escolares:
-Dejan de aprobar los proyectos y normas de los centros, que sólo evalúan.
-Dejan de aprobar la programación general, que sólo evalúan.
-Dejan de decidir sobre la admisión de alumnos, que sólo informan.
-Dejan de aprobar la obtención de recursos complementarios, que sólo informan.
-Dejan de fijar las directrices para la colaboración con otros centros, administraciones locales y
otros, que sólo informan
Pierden cierta autoridad, la cual ha cogido el director con esta nueva normativa.
CLAUSTRO DOCENTE
El Claustro de profesorado es el órgano de participación de todos los profesores que prestan servicios docentes en el centro donde se encuentren.
La LOE referente al profesorado:
El Título III de dicha ley está única y exclusivamente dedicado al profesorado. En él se especifican tanto las funciones del profesorado de forma general (Artículo 91) como la delimitación del profesorado en los distintos niveles educativos (Artículo 92-99). Así mismo, el tema de la formación del profesorado también se contempla, dedicándole 2 artículos (Artículo 102 y 103) para formación permanente de forma general y formación permanente en los centros públicos.
El apoyo y la evaluación docente se encuentran contemplados en el capítulo IV de dicho título en los artículos 104,105 y 106. La administración pública se hace cargo de la protección y apoyo en caso de que el profesorado lo necesite como resultado de su profesión. Por otro lado, en lo tocante a la evaluación, es la administración la que se hace cargo de esta evaluación, delimitando los criterios y los fines de dicha evaluación. El profesorado debe participar en estas evaluaciones.
La LOMCE referente al profesorado:
El texto de la LOMCE es una modificación de la LOE y parece que no se ha modificado nada del Título III, que se refiere al profesorado. Sin embargo hay que decir que de forma transversal hay algunas cosas que afecta al profesorado a través de las diferentes modificaciones en los artículos.
Uno de los más importantes se encuentra en el Artículo 66, en lo referente a las funciones del director. Parece que ahora, el director o directora del centro puede trasladar y contratar aquellos docentes en función de su proyecto educativo. Es decir, si un director/a, piensa que un docente en concreto no va acorde con su proyecto puede trasladarlo a otro centro y comunidad. Esto resta total autonomía a los profesores. Además de eso, el consejo escolar pierde funciones, las cuales asume de nuevo la figura del director y el equipo directivo.
DIFERENCIAS EN EL PROFESORADO.
- El ratio por profesor aumenta un 10%.
- La autonomía se ve reducida.
- Aumento de las horas lectivas.
- En aspectos de contratación, primará más la oposición que la experiencia.
- La selectividad se elimina. Aparecen las evaluaciones.
- Órganos de Coordinación
Y en esta última categoría encontramos a los equipos docentes, equipos de ciclo, coordiandor/a TIC, Coordinador de Formación en el Centro, Tutorías, Profesorado y a la comisión de coordinación pedagógica.
FUNCIONES
En base a ello, la Comisión de coordinación pedagógica pasa a estar formada por el director, jefe de estudios, orientador del centro y los coordinadores de los equipos docentes internivel, además del de educación infantil.
- Establecer las directrices generales para elaborar y revisar los Proyectos curriculares de etapa, así como dirigirlos y coordinarlos.
- Asegurar la coherencia entre el Proyecto Educativo del Centro, los Proyectos curriculares y la Programación General Anual, así como proponer al Claustro su evaluación, aprobación y modificaciones.
- Velar por el cumplimiento de los Proyectos curriculares en la práctica docente, así como su evaluación.
- Proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación y calificación.
- Elaborar la organización de la orientación educativa y del Plan de Acción Tutorial.
- Elaborar propuestas de criterios y procedimientos para las adaptaciones curriculares y planes sobre la diversidad del alumnado.
- Proponer al Claustro el Plan de formación del profesorado.
- Elevar al Consejo Escolar informes sobre el propio funcionamiento, en la memoria final.
En base a ello, la Comisión de coordinación pedagógica pasa a estar formada por el director, jefe de estudios, orientador del centro y los coordinadores de los equipos docentes internivel, además del de educación infantil.
EQUIPOS DE CICLO
Son las unidades organizativas, equipos educativos o docentes, propias de los Centros de Infantil y Primaria y están constituidos por todos los maestros que tienen docencia en cada uno de los ciclos, considerándose los órganos esenciales de planificación, ejecución y desarrollo de la enseñanza en estos niveles. Los equipos de ciclo estarán supervisados y orientados por el Jefe de Estudios.
Son competencias de los Equipos de Ciclo:
a) Elaborar los aspectos docentes del Plan Anual de Centro correspondientes al ciclo.

c) Mantener actualizada la metodología didáctica.
d) Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.
e) Promover, organizar y realizar las actividades complementarias entendidas como las organizadas durante el horario escolar por los Centros, de acuerdo con su Proyecto Curricular, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas, por el momento, espacio o recursos que utilizan y extraescolares, entendidas como las encaminadas a potenciar la apertura del Centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado. Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo, tendrán carácter voluntario para el alumnado y buscarán la implicación activa de toda la Comunidad educativa. . (DECRETO 201/1997).
Además de estas funciones los equipos de ciclo colaboraran con el Equipo de Orientación y Apoyo, bajo la coordinación del Jefe de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje y elaborará, en colaboración con el Equipo de Orientación Educativa, la programación y la realización de adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que lo precise.
Al frente de cada uno de los ciclos existe un coordinador que será elegido por el director del centro una vez conocido por el equipo de ciclo y éste debe de ser maestro del mismo ciclo al que opta la coordinación y presentemente con destino definitivo en el centro. Se designa para un curso académico cesando al finalizar éste.
Las competencias que se atribuyen a los Coordinadores de Ciclo son:
a) Convocar y presidir las reuniones del Equipo de ciclo y levantar acta de las mismas.
b) Representar al Equipo de ciclo en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.
c) Coordinar las funciones de tutoría de los maestros y maestras del ciclo.
d) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el Proyecto Curricular de etapa.
PROFESORADO
Después de realizar un exhaustivo análisis de las dos leyes de educación, hemos podido llegar a la conclusión de que como en la LOMCE no existe un apartado referido al profesorado, presupusimos que no va a realizarse modificación alguna en este tema. Lo que sí hemos podido ver es que al realizar una lectura más en profundidad de la ley que se pretende implantar, es que en realidad si existen aspectos que se van a cambiar.
Empezamos con el reconocimiento. En la LOE, se hace referencia al apoyo y valoración que se le debe hacer a los profesores por parte de la Administración Educativa y por tanto, también de la sociedad. Ya es un punto a favor cuando se le dedica un capítulo entero en dicha ley a los docentes. Sin embargo, en la LOMCE, lo reconoce de forma general junto con los demás agentes implicados en la educación, como un trabajo “generoso”. Además, como explicamos anteriormente, creemos que en realidad no están intentando mejorar la visión que la sociedad tiene del profesorado.
Un punto a favor de la LOMCE, lo podemos encontrar en la metodología de enseñanza, ya que ésta debe ser mediante las TIC’s y a su vez deben ser una forma de formación permanente del profesor. Es decir, para que un profesor sepa utilizar las tecnologías como metodología de la enseñanza, las Comunidades Autónomas deben hacerse cargo de formar en este ámbito. La LOE, por el contrario no explica nada de la utilización de las TIC’s por parte de los profesores.Las nuevas tecnologías son imprescindibles en la educación correspondiendo a la época en la que vivimos. A lo largo de los años, se han producido gran cantidad de cambios en la enseñanza de los contenidos curriculares, gracias a las TIC’s que han permitido una mayor comprensión de las materias por parte de los alumnos.

Las reválidas, como acabamos de mencionar, constituyen otro cambio más. Según Wert: “las reválidas también servirán para evaluar a los profesores y a los centros”, puesto que dependiendo los diferentes resultados que alcancen los alumnos serán un reflejo de cómo han formado a los alumnos. Además, estos exámenes tendrán un doble objetivo: por un lado evaluar los conocimientos del alumno, y por otro, establecer una cierta competitividad entre los centros. En cuanto a este tema, no estamos de acuerdo con esta forma de evaluar ya que no aportará nada en la formación de los alumnos y lo importante es la evaluación continuada y pormenorizada de cada uno.
Otras características que se le presentan al profesor en la LOMCE, debe participar en la toma de decisiones pedagógicas, en el claustro de profesores, colaborar con la Administración en las evaluaciones de los centros y además pueden optar por ser directores a través de un concurso de méritos para los cuales son imprescindibles una serie de requisitos. En la LOE es exactamente igual, excepto en la forma de elegir al director y en la autonomía de este, ya que en la LOMCE, al parecer es mayor. En las dos leyes, se habla de la participación del profesor en el consejo escolar, en la LOMCE, pasa a ser un órgano consultivo del centro, no tendrá potestad y por lo tanto carecerá de valor.
También destacamos que en la LOMCE se establece un aumento del ratio alumno-profesor , lo que provocará que el docente no pueda establecer una atención más individualizada a los alumnos. Además, se aumentarán las horas lectivas de las materias troncales, es decir, de las lenguas, matemáticas y ciencias, y se disminuirán las horas lectivas del resto. Todo esto hará que la calidad educativa empeore.
Por último, otros de los cambios y aspectos importante que se mencionan en la LOMCE son:
Ante la inexistencia de docente con suficientes competencias en las lenguas extranjeras, se puede contratar a un experto que domine este ámbito, habilitado por las Administraciones Educativas.
Los profesores pueden impartir una materia en la que no están especializados si la Administración lo ordena. Esto no es algo con lo que estemos de acuerdo ya que un profesor que está especializado en un área determinada siempre va a impartir esa asignatura mucho mejor, ya que podrá aclarar bien las dudas que los alumnos tengan.
Para finalizar, se les exige mucho más no sólo a los profesores, sino también a los alumnos y a los centros.
BIBLIOGRAFIA
http://www.fe.ccoo.es/comunes/recursos/25/pub115478_Consejos_Escolares_de_centro.pdf
http://es.slideshare.net/aligar/comparativa-loe-lomce-educacion-primaria
http://archivos.ampasantaagueda.org/DOCUMENTOS/LOMCE_comparando_articulos.pdf
http://www.carmelitasonda.es/paginas/Organizacion-escolar/Equipos-de-ciclos/
http://es.slideshare.net/aligar/comparativa-loe-lomce-educacion-primaria
http://archivos.ampasantaagueda.org/DOCUMENTOS/LOMCE_comparando_articulos.pdf
http://www.carmelitasonda.es/paginas/Organizacion-escolar/Equipos-de-ciclos/
http://es.slideshare.net/Ov_Danitza/3-estructuraorganizativa-42668978?next_slideshow=1
http://stellae.usc.es/red/blog/view/43750/practica-3-loelomce-la-cuestion-del-profesorado
http://stellae.usc.es/red/blog/view/43750/practica-3-loelomce-la-cuestion-del-profesorado
domingo, 20 de septiembre de 2015
PRÁCTICA Nº1
En esta clase la profesora Asunción nos enseño a realizar un acta y además una pequeña parte de todo lo que podemos encontrar en la web http://www.cece.gva.es/es/default_edu.asp la cual lleva la Conserjería de Educación.
Está página nos facilita:
A destacar la facilidad de contacto con el ente; la cantidad de entidades que colaboran y la estructura de la página como he comentado anteriormente.
Relacionado con la asignatura podemos encontrar información sobre los consejos escolares y la estructura del sistema educativo por ejemplo.
Las bolsas de trabajo por ejemplo están muy bien ya que ofrecen esa ayuda a la persona parada laboralmente.
Destacar la revista online 'La pizarra' a pesar de la falta de actualización pero me parece una muy buena idea. La guía de centros docentes con el fin de realizar una búsqueda mas intensiva y detallada... En conclusión me parece que es una página muy completa y útil.
Está página nos facilita:
- Estructura del Sistema Educativo.
- Calendario de aplicación de la nueva ley de educación.
- Enseñanzas escolares que se ofertan en la Comunidad Valenciana y centros en donde se imparten.
- Calendario Escolar.
- Ordenación académica en Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachilleratos, Formación Profesional Específica, Enseñanzas Especializadas y Formación de Personas Adultas.
- Admisión de Alumnos.
- Convalidaciones y conexiones entre diferentes sistemas educativos.
- Becas, Ayudas y Premios al estudio en niveles no universitarios.
- Consejos Escolares.
- Formación del Profesorado.
- Concurso-Oposición y Bolsas de trabajo de Personal Docente.
- Servicios Psicopedagógicos.
- Enseñanza en valenciano.
- Promoción, normalización y fomento del uso del valenciano.
- Cualquier otra consulta de interés general.
A destacar la facilidad de contacto con el ente; la cantidad de entidades que colaboran y la estructura de la página como he comentado anteriormente.
Relacionado con la asignatura podemos encontrar información sobre los consejos escolares y la estructura del sistema educativo por ejemplo.
Las bolsas de trabajo por ejemplo están muy bien ya que ofrecen esa ayuda a la persona parada laboralmente.
Destacar la revista online 'La pizarra' a pesar de la falta de actualización pero me parece una muy buena idea. La guía de centros docentes con el fin de realizar una búsqueda mas intensiva y detallada... En conclusión me parece que es una página muy completa y útil.
miércoles, 16 de septiembre de 2015
TEMA 1. Evolución del sistema educativo Español: Historia, Presente y Perspectiva.
En esta primera clase de teoría hemos podido conocer la evolución del sistema educativo Español; su historia, su presente y la perspectiva que se tiene sobre el para dentro de unos años.
En cuanto a su historia; en el siglo XIX la educación era una cuestión privada, era limitada y reservada a estamentos privilegiados (nobleza y clero). Ya que esta es un instrumento fundamental de dominación y reproducción social.
La educación por lo tanto solo quedaba reservada a unos pocos; hasta que el 14 de julio de 1789 se da comienzo a la Revolución Francesa con la Toma de la Bastilla. Aquí los inicios del siglo de la luces que tomaba como referentes la razón y la naturaleza; con una concepción de la realidad opuesta a la tradicional. Con el objetivo de sacar a la humanidad de la ignorancia causa de la falta de educación.
La razón adquiere poder sobre el dogmatismo religioso; se da una división de poderes, más libertas y la formación por parte de las clases populares. La burguesía propugna un nuevo modelo de sociedad con el fin de acceder al poder político.
Destaca el papel del marqués de Condorcet; el cual fue un filósofo, científico, matemático, político y politólogo francés.
El 25 de febrero de 1769, fue elegido como miembro de la Real Academia de Ciencias y más tarde lo sería también de las de Berlín, Turín, Bolonia, San Petersburgo y Filadelfia. Su contacto con los "filósofos" (Voltaire,Turgot...), le llevó a colaborar en la Enciclopedia con artículos sobre matemáticas.Llegó a ser administrador en tiempos de Luis XV (1772) y controlador general de Finanzas durante el reinado de Luis XVI.
- Libertad de prensa; en España por ejemplo nacieron periódicos de corte liberal como el Semanario Patriótico de Manuel José Quintana, El Conciso de Gaspar Ogirando o El Robespierre Español de Pedro Pascasio Fernández Sardino; anticonstitucionalistas como El Censor General e incluso afrancesados como La Gaceta de Sevilla.
- Sociedad de clases y un movimiento entre ellas
- Educación universal, libre y gratuita sobre la Iglesia (privada).
- Nacimiento de la sociedad industrial.
- Y el nacimiento del constitucionalismo con el fin de quitar poder al monarca (absoluto). Con las revoluciones liberales de 1820, 1830 y 1848.
En 1812 se elabora la primera Constitución española; conocida como la 'Pepa' en ella se profundiza sobre el plan de instrucción pública; la cual llega tarde a España.
- En esta se decreta que en todos los pueblos se establecerán las escuelas de primeras letras (escribir, contar y leer).
Pero posteriormente; con el régimen absolutista de Fernando VII (1814) se da un paso atrás ya que este vuelve a imponer los valores del Antiguo Régimen y renuncia a tener un plan de instrucción. Depura a los profesores liberales y vuelve a dar las competencias de la instrucción a la iglesia.
Tras esto se da el Trienio Liberal (1821 - 1823) ; el poder sobre la instrucción pública pasa a las Cortes, dividiéndose así en pública y privada. La pública es universal, gratuita y uniforme.Por otro lado la privada podía impartir todos los grados, pero los profesores estaban sometidos a la inspección por el personal del Estado, los exámenes los elaboraban profesores de instrucción pública. Además se propuso el poner una escuela pública en cada pueblo de más de 100 hbtes y una universidad en cada provincia.
Pero en 1823 se restaura la monarquía; entregando la educación a la Iglesia la cual mediante la religión es fundamental para controlar y mantener el orden social. Se centraliza la gestión de las universidades donde el Rey nombra a los rectores de estas. Además se crean tribunales de censura con el fin de controlar el comportamiento religioso de alumnos y profesores. También se unifican los sueldos.
Hasta que en 1836 se elabora el plan del Duque de Rivas. María Cristina se inclina por los liberales moderados los cuales representaban a las nuevas clases burguesas. Por otro lado la enseñanza secundaria se convierte en una preparación elitista para los estudios universitarios. La educación deja de tener un carácter revolucionario y se considera un instrumento de poder y de control de masas.
En 1857 se elabora la Ley Moyano con el fin de generalizar la educación gratuita en España.
Más tarde en la Segunda República (1931-39): - Se declara la Educación como un bien esencial que corresponde al estado.- Una educación separada de la Iglesia y gratuita.
- Se reorganiza el Consejo de instrucción Pública (cuyo presidente fue Miguel de Unamuno)
- La atención a la escuela primaria, ya que se consideraba que era la piedra angular de la educación.
- Creación de las Misiones Pedagógicas. Supondría una continuación de la idea de la ILE llamada ''la extensión universitaria'' que tenía como objetivo extender la cultura general.
Tras el golpe de Casado y la caída de la república llego posteriormente la etapa Franquista, la cual en el ámbito educacional se caracterizaba por la inspiración en la reforma Gentile (filosofo siciliano considerado el padre del fascismo, fue además Ministro de Instrucción pública durante el gobierno fascista de Mussolini).
- Se da un centralismo educativo (se decide en Madrid y se envía a las diferentes comunidades).
- Fuerte influencia de la Iglesia.
- También destaca la falta de libertades (quien se desviara de la línea marcada por el estado tenía problemas)
- Importancia capital del Nacionalismo Español Radical (Se crea el Florido Pensil en 1994 por Andrés Sopeña ; consiste en una recreación del sistema educativo de la posguerra española, identificado con la ideología nacionalcatólica del primer franquismo, y una metodología tradicional, basada en el dogmatismo, la imposición de la autoridad mediante la disciplina y la adquisición rutinaria de los conocimientos por memorización)Federico Sopeña escribió en clave humorística sus memorias de infancia sobre la vida de los escolares en la España nacional católica. El libro tuvo cierto éxito lo que facilitó que el director Antonio Porto lo convirtiera en película en el año 2002.
(Fragmento de la película de Antonio Porto)
En 1978 se elabora una nueva Constitución donde en el articulo 27 destaca:
- Educación en valores y respeto al prójimo
- Derecho a la elección de centro y formación religiosa y moral
- Obligatoriedad y gratuidad
- Participación en la planificación para garantizar la atención a todos (AMPA, consejo escolar...)
- La alta inspección y la homologación de título (ANECA)

En la actualidad nos encontramos desde 2014 con la LOMCE. Aprobada en noviembre de 2013. La cual modifica la LOE de 2006 cuya redacción puede consultarse en el BOE.
Aquí dejo un vídeo animado creado a partir de una conferencia de Ken Robinson; donde se puede conocer de mejor forma la educación en el s xix; sus necesidades y sus retos. A nivel mundial.
La Unión Europea tiene como objetivo conseguir diferentes propuestas para 2020; como que el porcentaje de abandonos prematuros de la educación debe ser inferior al 10% o que al menos un 15% de los adultos (25-64 años) deben participar en el aprendizaje permanente.
EN EL SIGLO XIX
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Sociedad estamental s.xix |
En cuanto a su historia; en el siglo XIX la educación era una cuestión privada, era limitada y reservada a estamentos privilegiados (nobleza y clero). Ya que esta es un instrumento fundamental de dominación y reproducción social.
La educación por lo tanto solo quedaba reservada a unos pocos; hasta que el 14 de julio de 1789 se da comienzo a la Revolución Francesa con la Toma de la Bastilla. Aquí los inicios del siglo de la luces que tomaba como referentes la razón y la naturaleza; con una concepción de la realidad opuesta a la tradicional. Con el objetivo de sacar a la humanidad de la ignorancia causa de la falta de educación.
La razón adquiere poder sobre el dogmatismo religioso; se da una división de poderes, más libertas y la formación por parte de las clases populares. La burguesía propugna un nuevo modelo de sociedad con el fin de acceder al poder político.
Destaca el papel del marqués de Condorcet; el cual fue un filósofo, científico, matemático, político y politólogo francés.
Márques de Condorcet |
El 25 de febrero de 1769, fue elegido como miembro de la Real Academia de Ciencias y más tarde lo sería también de las de Berlín, Turín, Bolonia, San Petersburgo y Filadelfia. Su contacto con los "filósofos" (Voltaire,Turgot...), le llevó a colaborar en la Enciclopedia con artículos sobre matemáticas.Llegó a ser administrador en tiempos de Luis XV (1772) y controlador general de Finanzas durante el reinado de Luis XVI.
En 1789, al estallar en Francia la Revolución, Condorcet tuvo un papel protagonista, como defensor de numerosas causas liberales, y esperaba una reconstrucción racionalista de la sociedad. Tras la Toma de la Bastilla fue elegido para el Consejo Municipal de París. De tal modo que en 1791, fue elegido representante de París en la Asamblea legislativa, tras haber solicitado la implantación de la República.
A partir de la Revolución Francesa se expande por Europa el sentimiento de liberal y de caída del Antiguo Régimen caracterizado por:
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Gazeta de Sevilla |
- Libertad de prensa; en España por ejemplo nacieron periódicos de corte liberal como el Semanario Patriótico de Manuel José Quintana, El Conciso de Gaspar Ogirando o El Robespierre Español de Pedro Pascasio Fernández Sardino; anticonstitucionalistas como El Censor General e incluso afrancesados como La Gaceta de Sevilla.
- Sociedad de clases y un movimiento entre ellas
- Educación universal, libre y gratuita sobre la Iglesia (privada).
- Nacimiento de la sociedad industrial.
- Y el nacimiento del constitucionalismo con el fin de quitar poder al monarca (absoluto). Con las revoluciones liberales de 1820, 1830 y 1848.
En 1812 se elabora la primera Constitución española; conocida como la 'Pepa' en ella se profundiza sobre el plan de instrucción pública; la cual llega tarde a España.
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Universidad de Salamanca |
- Un Plan General de Enseñanza para todo el reino y se crean las Universidades y elementos de instrucción (plan de instrucción) con el que da una mayor libertad personal.
- Se obtiene la igualdad que a su vez da la libertad. Gracias a la instrucción de toda la población, a esta reforma social. España progresará. - Se crea la Dirección General de Estudios de la cual depende la inspección de Enseñanza. Las Cortes regularán la Instrucción Pública y la libertad de poder imprimir con libertad sus ideas.
Pero posteriormente; con el régimen absolutista de Fernando VII (1814) se da un paso atrás ya que este vuelve a imponer los valores del Antiguo Régimen y renuncia a tener un plan de instrucción. Depura a los profesores liberales y vuelve a dar las competencias de la instrucción a la iglesia.
Tras esto se da el Trienio Liberal (1821 - 1823) ; el poder sobre la instrucción pública pasa a las Cortes, dividiéndose así en pública y privada. La pública es universal, gratuita y uniforme.Por otro lado la privada podía impartir todos los grados, pero los profesores estaban sometidos a la inspección por el personal del Estado, los exámenes los elaboraban profesores de instrucción pública. Además se propuso el poner una escuela pública en cada pueblo de más de 100 hbtes y una universidad en cada provincia.
Pero en 1823 se restaura la monarquía; entregando la educación a la Iglesia la cual mediante la religión es fundamental para controlar y mantener el orden social. Se centraliza la gestión de las universidades donde el Rey nombra a los rectores de estas. Además se crean tribunales de censura con el fin de controlar el comportamiento religioso de alumnos y profesores. También se unifican los sueldos.
Hasta que en 1836 se elabora el plan del Duque de Rivas. María Cristina se inclina por los liberales moderados los cuales representaban a las nuevas clases burguesas. Por otro lado la enseñanza secundaria se convierte en una preparación elitista para los estudios universitarios. La educación deja de tener un carácter revolucionario y se considera un instrumento de poder y de control de masas.
En 1857 se elabora la Ley Moyano con el fin de generalizar la educación gratuita en España.
EN EL SIGLO XX
Más tarde en la Segunda República (1931-39): - Se declara la Educación como un bien esencial que corresponde al estado.- Una educación separada de la Iglesia y gratuita.
- Se reorganiza el Consejo de instrucción Pública (cuyo presidente fue Miguel de Unamuno)
- La atención a la escuela primaria, ya que se consideraba que era la piedra angular de la educación.
- Creación de las Misiones Pedagógicas. Supondría una continuación de la idea de la ILE llamada ''la extensión universitaria'' que tenía como objetivo extender la cultura general.

- Se da un centralismo educativo (se decide en Madrid y se envía a las diferentes comunidades).
- Fuerte influencia de la Iglesia.
- También destaca la falta de libertades (quien se desviara de la línea marcada por el estado tenía problemas)
- Importancia capital del Nacionalismo Español Radical (Se crea el Florido Pensil en 1994 por Andrés Sopeña ; consiste en una recreación del sistema educativo de la posguerra española, identificado con la ideología nacionalcatólica del primer franquismo, y una metodología tradicional, basada en el dogmatismo, la imposición de la autoridad mediante la disciplina y la adquisición rutinaria de los conocimientos por memorización)Federico Sopeña escribió en clave humorística sus memorias de infancia sobre la vida de los escolares en la España nacional católica. El libro tuvo cierto éxito lo que facilitó que el director Antonio Porto lo convirtiera en película en el año 2002.
En 1978 se elabora una nueva Constitución donde en el articulo 27 destaca:
- Educación en valores y respeto al prójimo
Agencia nacional de evaluación de la calidad y acreditación |
- Derecho a la elección de centro y formación religiosa y moral
- Obligatoriedad y gratuidad
- Participación en la planificación para garantizar la atención a todos (AMPA, consejo escolar...)
- La alta inspección y la homologación de título (ANECA)
SISTEMA EDUCATIVO EN EL SIGLO XXI
A lo largo de la historia de España nos hemos encontrado con una gran variedad de reformas educativas, algunas mejores, otras peores pero todas con el mismo denominador común, no han sido reformas de consenso. Gráfico elaborado por la profesora Judith Mercedes (2011) en su artículo "EL FRACASO EDUCATIVO". Si realizamos un esfuerzo y recordamos la historia democrática española veremos que practicamente con cada cambio de gobierno o elecciones nos encontramos con un nuevo sistema educativo.

En la actualidad nos encontramos desde 2014 con la LOMCE. Aprobada en noviembre de 2013. La cual modifica la LOE de 2006 cuya redacción puede consultarse en el BOE.
Aquí dejo un vídeo animado creado a partir de una conferencia de Ken Robinson; donde se puede conocer de mejor forma la educación en el s xix; sus necesidades y sus retos. A nivel mundial.
PERSPECTIVAS
En cuanto a las perspectivas que se tienen sobre la educación detaca el proporcionar una educación de calidad para todos; donde se de un esfuerzo compartido de todos los agentes del proceso buscando un mayor desarrollo en I+D e I+D+I. La UE y la UNESCO pretenden mejorar la calidad y la eficiencia mejorando la capacitación de los docentes, garantizando el acceso a las TIC (Ordenador, móvil, conexión a internet...)La Unión Europea tiene como objetivo conseguir diferentes propuestas para 2020; como que el porcentaje de abandonos prematuros de la educación debe ser inferior al 10% o que al menos un 15% de los adultos (25-64 años) deben participar en el aprendizaje permanente.
BIBLIOGRAFÍA
Biblioteca Universidad de Sevilla
Tema 1. Evolución del sistema educativo Español: Historia, Presente y Perspectiva.
Profesor: Gonzalo Lorenzo Lledó
1º Grado Educación Primaria
Curso 2015-2016
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